¿Qué es la doble garantía hipotecaria?
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Por lo general, los bancos suelen ofrecer una financiación máxima del 80% del valor de la vivienda. Esto implica que el titular de la hipoteca debe contar con ahorros suficientes para hacer frente al porcentaje restante y otros gastos asociados, que suelen equivaler a un 10% extra.
Cuando los clientes no disponen de estos ahorros, la Ley Hipotecaria contempla otras alternativas para facilitar el acceso al préstamo, como la doble garantía hipotecaria. Una fórmula que avala el crédito hipotecario, dejando en garantía otra vivienda y así cubrir el porcentaje de financiación que el banco no ofrece.
Diferencia entre la doble garantía y una hipoteca con aval
No hay que confundir la doble garantía hipotecaria con una hipoteca con aval, pues son productos distintos. La principal diferencia es la responsabilidad en caso de impago, ya que el avalista es el responsable de pagar la deuda del hipotecado; mientras que, en la doble garantía, el hipotecante es quien sale perjudicado.
¿Qué tener en cuenta si aportamos una doble garantía?
Las personas que optan por la doble garantía hipotecaria deben saber que la vivienda aportada puede ser del mismo titular o de un tercero y siempre deberá estar libre de cargas. En caso de impago, el dueño de dicho inmueble podría perder su parte porcentual del activo.
Ventajas y desventajas de una hipoteca con doble garantía
Si pensamos en la doble garantía hipotecaria como una alternativa para la compra de una vivienda, la principal ventaja es que permite el acceso a la hipoteca a esas personas que no tienen grandes ahorros.
Por otro lado, existen riesgos e inconvenientes en la doble garantía hipotecaria. En caso de impago, el hipotecante del inmueble que cubre la garantía del préstamo puede perder el porcentaje de su activo. Además, esta alternativa supone un incremento del 20% sobre el importe a devolver al banco, es decir, habrá que pagar cuotas más altas o plazos más largos.
¿Qué ocurre si el hipotecante no deudor fallece?
La figura del hipotecante no deudor cobra vital importancia en la doble garantía hipotecaria, pues su vivienda es la que responde a los posibles impagos del titular del préstamo. En el caso de que el hipotecante no deudor fallezca, son los herederos del inmueble hipotecado los que responderán en caso de impago.
Si los nuevos hipotecantes no quieren conservar el inmueble hipotecado como garantía de pago, deberán pagar su parte de la hipoteca para liberar la vivienda de cargas. Esta operación conlleva gastos asociados como comisiones por cancelación anticipada o parcial y otros gastos, dependiendo de la entidad bancaria.